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Lámparas de bajo consumo y salud

 

Acerca de esta publicación sobre Lámparas de bajo consumo y salud

  1. Fuente de la publicación
  2. El Comité científico de los riesgos sanitarios emergentes y recientemente identificados (CCRSERI)
  3. Antecedentes del dictamen del CCRSERI
  4. Preguntas concretas planteadas por la Comisión Europea al CCRSERI

1. Fuente de la publicación

El contenido de los textos del nivel 3 ha sido directamente extraído del documento  «Light Sensitivity» elaborado en 2008 por el CCRSERI (Comité científico de los riesgos sanitarios emergentes y recientemente identificados) de la Comisión Europea.

La redacción de los niveles 1 y 2 corrió a cargo de la doctora Marisa Fernández en colaboración con el equipo editorial de GreenFacts y la Dirección General Sanidad y Consumidores de la Comisión Europea (DG SANCO).

GreenFacts ha elaborado la presente publicación por contrato con la Dirección General Sanidad y Consumidores de la Comisión Europea.

2. El Comité científico de los riesgos sanitarios emergentes y recientemente identificados (CCRSERI)

El Comité Científico de los riesgos sanitarios emergentes y recientemente identificados es uno de los tres comités científicos no alimentarios e independientes que asesoran a la Comisión Europea sobre seguridad de los consumidores, salud pública y medioambiente.

La Comisión Europea lo puso en marcha en 2004 con el fin de disponer de asesoramiento científico sobre riesgos emergentes y recientemente identificados. Este comité sustituyó al Comité científico de medicamentos y dispositivos médicos (SCMPMD). El CCRSERI aborda cuestiones complejas o multidisciplinares que requieren una evaluación global de los riesgos para la seguridad de los consumidores o la salud pública, y sobre cuestiones relacionadas no abordadas por otros organismos comunitarios encargados de la evaluación del riesgo.

Entre los posibles riesgos que estudia el comité están la resistencia a los antimicrobianos, las nuevas tecnologías (por ejemplo, las nanotecnologías), los dispositivos médicos, la ingeniería de los tejidos, los productos hemoderivados, la pérdida de la fecundidad, el cáncer de los órganos endocrinos, el ruido y los campos electromagnéticos.

Para saber más sobre el CCRSERI, véase:
http://ec.europa.eu/health/ph_risk/committees/04_scenihr/04_scenihr_es.htm 

3. Antecedentes del dictamen del CCRSERI

El CCRSERI adoptó su dictamen  «Light Sensitivity» en la 26ª Sesión Plenaria del 23 de septiembre de 2008.

4. Preguntas concretas planteadas por la Comisión Europea al CCRSERI

Se le pidió al CCRSERI en su dictamen  «Light Sensitivity» los siguientes puntos:

  1. Determinar si las afirmaciones de las asociaciones de ciudadanos con “fotosensibilidad” sobre el agravamiento de los síntomas por el uso de lámpara de bajo consumo están justificadas y si tienen una base científica sólida y actualizada.
  2. Si alguna de las afirmaciones es cierta, determinar a qué características de la lámpara se debe (p. ej. la longitud de onda de la luz, la frecuencia de la lámpara, los campos electromagnéticos emitidos, etc.).
  3. Si alguna de las afirmaciones es válida, estimar la proporción de la población afectada.

Lea las conclusiones…


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